
Zonas francas y economía popular
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha puesto sobre la mesa una propuesta que podría redefinir el papel de las zonas francas en el panorama económico nacional. Se trata de un proyecto de decreto que modifica la normativa vigente (Decreto 2147 de 2016), con el objetivo central de articular este instrumento de comercio exterior con la política de reindustrialización del país. La principal novedad es la creación de mecanismos específicos para integrar a los actores de la economía popular, buscando transformar estos territorios en polos de desarrollo más inclusivos y con mayores encadenamientos productivos. Este ajuste normativo no solo introduce nuevos conceptos, sino que también establece nuevas obligaciones para los operadores y usuarios del régimen.
Para comprender el alcance de la propuesta, es fundamental aclarar qué se considera «economía popular», un término que puede resultar difuso. La política pública ofrece una definición técnica precisa: “Oficios y ocupaciones mercantiles (producción, distribución y comercialización de bienes y servicios) y no mercantiles (domésticas o comunitarias) desarrolladas por unidades económicas de baja escala (personales, familiares, micronegocios o microempresas), en cualquier sector económico”. Esto incluye un universo amplio y diverso de actores, desde unidades formales e informales hasta emprendimientos de base tecnológica, que en su conjunto constituyen una parte fundamental del tejido productivo del país que, hasta ahora, había tenido una participación limitada en los beneficios del régimen franco.
La economía popular como proveedora y empresa de apoyo
Una de las primeras modificaciones que introduce el proyecto es la redefinición del papel de las «empresas de apoyo» dentro de las zonas francas. La norma actual ya permite la instalación de negocios que prestan servicios complementarios como vigilancia, cafeterías o mantenimiento, entre otros. La novedad radica en que el proyecto establece que se dará «prioridad» a la vinculación de actores de la economía popular para la prestación de estos servicios. Adicionalmente, el texto crea un marco de fomento estatal, asignando al Ministerio de Comercio la tarea de implementar programas de asistencia técnica y formación para fortalecer las capacidades de estos actores y facilitar su participación.

Esta lógica de integración se extiende más allá de los servicios de apoyo y se adentra en el corazón de la operación industrial. El proyecto de decreto establece que tanto los usuarios operadores como los usuarios industriales y comerciales deberán «vincular» a actores de la economía popular para la prestación de bienes y servicios directamente relacionados con su actividad principal. Para asegurar el cumplimiento y medir el impacto de esta medida, se crea una nueva obligación: los usuarios deberán llevar un registro detallado de estas vinculaciones y reportarlo anualmente a la autoridad, especificando los montos, los actores involucrados y la descripción de las actividades contratadas.
Nuevas zonas francas a la medida de la economía popular
Quizás la propuesta más estructural del proyecto es la creación de una figura completamente nueva: las Zonas Francas Permanentes Especiales de Economía Popular. Esta iniciativa busca diseñar un sub-régimen con barreras de entrada significativamente más bajas, adaptadas a la realidad de las unidades productivas de menor escala. Mientras que una Zona Franca Permanente Especial tradicional exige compromisos de inversión que pueden superar las 150.000 UVT y la creación de 150 empleos, esta nueva categoría reduce drásticamente dichos requisitos. Para acceder a los beneficios del régimen, se requeriría una inversión mínima de 20.000 UVT y la generación de al menos siete empleos directos y formales, implementados de manera gradual en un plazo de cinco años.
Compromisos de empleo con enfoque social
Finalmente, el proyecto introduce una obligación cuantificable para las Zonas Francas Permanentes Especiales (ZFPE) de bienes y de servicios. La propuesta adiciona un parágrafo a los artículos correspondientes, estableciendo que estas empresas «deben acreditar que al menos el cinco por ciento (5%) del empleo directo generado corresponda a actores de la economía popular». Este es un cambio fundamental, ya que transforma una directriz de fomento en un requisito porcentual y obligatorio. Esta medida busca asegurar que los beneficios del régimen en materia de generación de empleo permeen de manera efectiva al tejido social y productivo de las regiones, alineando los objetivos de competitividad industrial con metas concretas de inclusión social y económica.
Un llamado a la participación
El Proyecto de Decreto, «por el cual se modifica el Decreto 2147 de 2016 y se integran los actores de la economía popular al régimen de zonas francas» se encuentra actualmente en fase de consulta pública. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha abierto un espacio para recibir comentarios de la ciudadanía y de los grupos de valor. Las observaciones podrán remitirse al correo electrónico direccionlegal@analdex.org hasta el próximo 4 de agosto de 2025, brindando una oportunidad clave para que los actores del sector participen en la construcción de esta importante normativa.