
La declaración anticipada de importación avanza
Desde su anuncio, la declaración anticipada ha representado una de las reformas más significativas para el comercio exterior colombiano. Con la expedición del Decreto 659 de 2024, el Gobierno Nacional estableció su carácter obligatorio para todos los usuarios aduaneros, con algunas excepciones específicas. Sin embargo, a poco más de tres meses de su teórica entrada en vigor, la realidad técnica y operativa está lejos de acompañar el avance normativo.
Un cambio de paradigma normativo
Históricamente, la declaración anticipada se había limitado a sectores como textiles, confecciones y calzado, con el objetivo de combatir el contrabando. No obstante, los resultados no han sido concluyentes: en 2022 el contrabando representó más del 10% del valor total importado, llegando incluso al 20% en el sector textil.
Con el Decreto 360 de 2021, Colombia apostó por una presentación de la declaración anticipada voluntaria, sin sanciones, como estrategia de facilitación del comercio, en coherencia con el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) de la OMC. Pero el Decreto 659 de 2024 cambia este enfoque: convierte la declaración anticipada en obligatoria y sancionable, con multas que pueden alcanzar el 200% del valor de la mercancía y la pérdida de la misma por abandono legal.
De la norma a la operación: el desfase con la realidad
Aunque el marco legal ya existe, su exigibilidad está condicionada a la certificación de los servicios informáticos aduaneros. El problema: dicha certificación aún no se ha producido. La fecha inicial para pruebas funcionales era octubre de 2024, pero desde entonces se ha postergado al menos cuatro veces, sin que a abril de 2025 exista una convocatoria oficial vigente.
Esta situación plantea un dilema: los usuarios deben prepararse para cumplir una obligación cuyo soporte tecnológico está en construcción. Y aunque la DIAN ha publicado el proyecto de resolución que reglamenta la transmisión masiva de declaraciones anticipadas, su entrada en vigor también depende de la misma certificación que aún no se concreta.
Lo que establece el proyecto de resolución
El Proyecto de Resolución publicado por la DIAN en marzo de 2025 establece las especificaciones técnicas para la transmisión y recepción de declaraciones anticipadas a través de un servicio web. Algunos elementos clave incluyen:
- Generación masiva de declaraciones de importación a través de servicios REST con estructura JSON.
- Generación masiva de recibos oficiales de pago (ROP).
- Validaciones automáticas que permitirán al sistema aceptar o rechazar las solicitudes de forma inmediata, según los parámetros definidos.
- Mecanismos de respuesta estandarizados, que permiten al usuario consultar el estado de su solicitud en tiempo real.
- Tablas paramétricas y catálogos oficiales que deben ser incorporados en los sistemas de los importadores.
Si bien estas herramientas tecnológicas prometen mayor eficiencia, su implementación requiere tiempo, pruebas y capacitación, aspectos que hasta ahora han sido insuficientemente abordados.
Incertidumbre jurídica y riesgos empresariales
La falta de certeza en los plazos y en la operatividad del sistema informático genera un riesgo latente para los importadores. Adaptar los sistemas internos, capacitar al personal y ajustar los procesos logísticos demanda inversiones considerables. Sin una hoja de ruta clara, estas inversiones podrían ser prematuras o incompatibles con las versiones definitivas de las herramientas tecnológicas.
Además, el régimen sancionatorio incorporado por el Decreto 659 no distingue entre errores de forma, fallas tecnológicas o incumplimientos sustanciales. La comparación con modelos internacionales, como el de Perú, evidencia una desproporción en el tratamiento sancionatorio colombiano que podría incluso contravenir principios de derecho internacional económico, como la proporcionalidad y la buena fe del operador legal.
Recomendaciones y llamado a la acción
En este escenario, los usuarios aduaneros deben asumir un doble reto: avanzar en la preparación técnica de sus sistemas, sin perder de vista los cambios regulatorios en curso, y participar activamente en los espacios de diálogo y retroalimentación con la autoridad aduanera.
Desde Analdex, reiteramos la necesidad de acompañar esta implementación con criterios de gradualidad, seguridad jurídica y coordinación interinstitucional. No se trata de oponerse a la modernización del sistema aduanero, sino de garantizar que su transición sea ordenada, razonable y compatible con las capacidades reales de los actores del comercio exterior.
Porque sí: la declaración anticipada avanza. Pero para que lo haga de forma efectiva, debe avanzar el sistema, debe avanzar la pedagogía y debe avanzar la institucionalidad en su conjunto.
Invitación especial para afiliados Analdex
En este contexto de transformación normativa y retos operativos, desde Analdex extendemos una invitación exclusiva a nuestros afiliados para participar en el Comité de Comercio Exterior: Avances de la Declaración Anticipada, que se llevará a cabo el jueves 10 de abril de 2025, de 9:00 a.m. a 10:30 a.m., a través de la plataforma Zoom.
Durante el evento se abordarán temáticas clave como el proyecto para la entrega de información de la DIM anticipada, los avances en interoperabilidad, la generación masiva de declaraciones y recibos oficiales de pago, así como las nuevas obligaciones para importadores y agencias de aduanas.
Este espacio, realizado en colaboración con APROCOM y Open Tecnología, busca ofrecer una visión técnica actualizada y generar un diálogo abierto sobre los desafíos y oportunidades en la implementación del nuevo modelo.
Afiliados interesados pueden confirmar su participación en este link.
